¿Qué es? >
Cerrado por finalización del ejercicio presupuestario. |
Las acciones subvencionables son:
· Gastos necesarios para el reinicio de la actividad comercial de acuerdo con las medidas preventivas exigidas por la autoridad sanitaria, tales como adquisición de pantallas o mamparas, sistemas de desinfección, sistemas de conteo de personas o sistemas de control de aforos, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetros digitales, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores o alfombras higienizantes.
· Gastos de integración en portales o plataformas agrupadas de internet, dedicadas a la comercialización conjunta (marketplaces), así como los gastos por registros de dominios, por altas, suscripciones (fijas o periódicas), tarifas o comisiones por operaciones, cierres de ventas, etc. en portales y plataformas comerciales en internet, para la venta o promoción de sus productos.
· Diseño, producción, mantenimiento y/o actualización de páginas web que incorporen venta online, o la incorporación de la misma a una web ya existente.
· Adquisición de equipos informáticos y software necesarios para la digitalización de procesos.
¿Quién puede? >
¿Qué necesitas presentar? >
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”
¿Cómo lo solicito? >
Tramitación >
18/03/2021 | Declaración del importe del crédito presupuestario disponible destinado a financiar en 2021. Orden de 28 de febrero de 2021 (BOCM nº 65, de 18 de marzo). |
15/02/2021 | Subvenciones concedidas. Cuarto trimestre del año 2020. Resolución de 29 de enero de 2021 (BOCM nº 38, de 15 de febrero). |
19/11/2020 | Declaración de urgencia de la tramitación Resolución de 12 de noviembre de 2020 (BOCM nº 283, de 19 de noviembre) |
11/11/2020 | Crédito presupuestario disponible Orden de 28 de octubre de 2020 (BOCM nº 276, de 11 de noviembre) |